Camiones truchos: Simple contrabando o crimen organizado

Con manipulación del algoritmo de distribución de causas judiciales, un mismo juzgado con un mismo juez suplente que blanquea la infracción, idéntico abogado que representa los intereses de un cliente que se repite sistemáticamente. ¿En qué consiste el hecho si, además de contrabando se logra pasar por alto el sistema de distribución de causas y ninguna autoridad quiere mirar el hecho? Podría perfectamente ser una cadena múltiple de corrupción y delitos que desemboque en delitos como tráfico ilegal de madera o transporte de drogas.

 

Hace unos dos años, Claudia Veloso Burgos, jueza titular del 28 Juzgado Civil de Santiago, al retomar su cargo tras una larga licencia médica, denunció ante la 6° Fiscalía Judicial de Santiago la comisión de una eventual cadena de delitos cometidos en su ausencia, para inscribir y legalizar “camiones hechizos” en Chile, ensamblados con partes y piezas usadas importadas como repuestos, lo que está tajantemente prohibido en el país. Hasta ahora no se sabe nada de la investigación que se habría hecho al interior del Poder Judicial sobre el tema.

El delito, que se sabe ocurre desde hace muchos años en diferentes partes del país, tiene todo el carácter de una asociación delictiva, con corrupción pública incluida, de carácter sistemático, pues se detecta que ocurrió decenas de veces en el mismo tribunal.

El delito de “ensamblaje clandestino” consta de dos fases delictivas muy marcadas. Una de importación de partes y piezas como repuestos que entran luego a un ensamblaje ilegal en talleres clandestinos para crear una nueva unidad de transporte de carga. La segunda fase requiere de directa corrupción judicial y administrativa para conseguir inscribir y legalizar esos vehículos para que circulen libremente en las carreteras del país.

Al ensamblar no existe factura de origen y se infringe la Ley 18.483, configurando el delito de contrabando, falsificación de instrumentos públicos y delitos tributarios. En la segunda fase, la cadena de corrupción es más compleja pues para obtener la inscripción, se cometerían delitos funcionarios, administrativos y judiciales para sortear la barrera del Registro Civil. Si este se niega a inscribir, recurren a un tribunal civil el que con el mérito de los documentos que se le presenten, le ordenará al Registro Civil inscribir el vehículo. Luego se perderá el rastro.

En la primera fase criminal las autoridades responsables son Aduanas, el SII y el Registro Civil, que debieran detectar y denunciar los hechos irregulares y los eventuales delitos. En la segunda, el responsable directo es el Poder Judicial que tiene la ley en una mano y en la otra el procedimiento estándar para seleccionar de manera aleatoria el tribunal que la aplique. Ese procedimiento estándar es el algoritmo de distribución de causas, que según dice el poder judicial, evita que se produzca un fórum shoping, esto es la compra de un tribunal favorable para el interesado. Esto es lo que ocurrió en el 28 Juzgado Civil de Santiago denunciado por la jueza.

Distribución de causas y equidad judicial

En la perspectiva anterior, la cosa pasa de gris claro a castaño oscuro. Además de corrupción en el tema particular de la inscripción descrita, queda al desnudo una transgresión del sorteo de causas judiciales que afecta derechos civiles y constitucionales de todo ciudadano y la seguridad jurídica de la propia República. La igualdad ante la ley, la imparcialidad, equilibrio de la justicia y la certeza jurídica del Estado de Derecho quedan en tela de juicio si no existe realmente la garantía de intangibilidad en el funcionamiento del algoritmo que distribuye las causas judiciales entre los tribunales.

En el caso de los camiones el procedimiento operó contra el algoritmo propio del Poder Judicial para seleccionar el juzgado que vería su inscripción. Este sorteó 66 casos para un mismo tribunal, el 28 Juzgado Civil de Santiago, durante 2022. Allí, la abogada y jueza suplente Lilian Esther Lizana Tapia, emitió 65 fallos favorables ordenando al Registro Civil inscribirlos. Todas las causas fueron representadas por el mismo abogado, Luis Eduardo Muñoz Chacc, socio de otro abogado, Cristián Mandujano Moreno, quien es pareja de la mencionada jueza suplente.

Una vez inscritos, esos vehículos quedaron en condiciones de obtener permiso de circulación e incorporarse a una flota terrestre, sin dejar mayores rastros que los archivos del juzgado que concluyó la cadena delictiva. Y perfectamente podría ser la puerta de entrada de otro trasiego criminal como robo de madera, transporte ilegal de salmón o traslado mayorista de drogas. Hasta ahora no se sabe.

La explicación del Registro Civil es que como en los vehículos ensamblados o alterados suele haber discrepancias con la factura que se presenta respecto de los modelos, por ejemplo, facturas de 2023 para modelos del 2015 o 2010 y el RC “procede a rechazar la inscripción. Sin embargo, si luego se obtiene una resolución judicial, “estamos obligados a realizar la inscripción correspondiente» dicen en este servicio.

Lo que no explican es que la Ley 18.483 prohíbe de manera detallada la importación de vehículos usados, y que los vehículos que no tienen factura de origen (porque entraron como partes y piezas) no deben inscribirse NUNCA. Y saben que podrían denunciar la irregularidad con una simple fundamentación de la solicitud denegada, compartida con el resto de los organismos públicos, en especial el Poder Judicial. O sea, una simple medida administrativa.

Tal omisión más grave en el caso del Poder Judicial. Pues contra toda legalidad un juez se atreve no solo a ordenar una inscripción, sino que, para hacerlo, manipula o permite que se manipule el algoritmo de distribución de causas. Sin que los funcionarios encargados del control del tribunal tomen nota u obliguen a rectificar, lo que resulta un desmentido total de la obligación de brindar seguridad jurídica e igualdad ante la ley por parte de ese poder del Estado.

No se conoce resultados de la denuncia de la jueza titular del 28 Juzgado Civil ante la 6° Fiscalía Judicial, por los hechos relatados. Tampoco de las investigaciones que deben llevar en otros casos y que implicarían también intervención del Ministerio Público.  Lo que deja en evidencia que, tal como ha sucedido con manipulaciones judiciales extrañas en casos emblemáticos como la quiebra en el Caso Curauma o la insolvencia de Latam, la asignación de causas con una supuesta autonomía computacional y un algoritmo intangible, no se habría cumplido. Es decir, en estas y otras ocasiones, alguna de las partes interesadas habría podido elegir el tribunal donde se tramitarán sus causas para obtener un resultado favorable.

Todo esto amerita una preocupación e investigación serias por parte del Poder Judicial, pues de comprobarse, implicarían un golpe demoledor a la credibilidad de la justicia y el debido proceso en Chile.