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42 horas semanales: Manual para defender tu sueldo y tu tiempo desde el 26 de abril

 

El próximo 26 de abril de 2026 no es un domingo cualquiera para el mundo del trabajo en Chile. Se activa la segunda etapa de la Ley 21.561, la cual marca una reducción obligatoria de la jornada laboral de 44 a 42 horas semanales. Para las empresas, no es una sugerencia administrativa; es un imperativo legal que exige planificación y, sobre todo, respeto a los derechos adquiridos de los trabajadores.

El blindaje al salario: menos horas, mismo sueldo Una de las mayores preocupaciones en las oficinas y faenas es el impacto en la billetera. La normativa es tajante: la reducción de la jornada bajo ningún concepto puede significar una disminución en las remuneraciones. Las empresas tienen la obligación de mantener los sueldos íntegros a pesar de que se trabajen dos horas menos a la semana. Este ajuste debe quedar plasmado por escrito mediante anexos de contrato para evitar conflictos legales o multas futuras.

El mito del horario de colación A diferencia de lo que algunos rumores sugieren, la implementación de las 40 horas (y su transición actual a 42) no modifica el horario de colación. La ley mantiene el precepto de un descanso mínimo de 30 minutos, sin establecer un máximo. Si una empresa ya incluía el tiempo de colación dentro de la jornada laboral antes de la ley, cualquier cambio en este aspecto debe ser bajo un común acuerdo entre el empleador y el trabajador, y no de forma arbitraria por parte de la jefatura.

La importancia del acuerdo y el riesgo de las multas La redistribución de estas dos horas menos debe, idealmente, ser fruto de un pacto entre ambas partes. Si no hay acuerdo, el empleador no tiene libertad total: debe seguir las reglas de adecuación ya interpretadas por la Dirección del Trabajo. Saltarse estas formalidades o aplicar la rebaja solo «en el papel» puede salir caro. Las sanciones por incumplimiento varían entre las 3 y las 60 UTM por cada trabajador, dependiendo del tamaño de la compañía.

Hacia el horizonte de 2028 Este cambio es parte de una hoja de ruta de cinco años que comenzó en 2024 con la bajada a 44 horas. El proceso culminará el 26 de abril de 2028, cuando finalmente se alcance la meta de las 40 horas semanales. Aunque el calendario legal es gradual, no existe impedimento para que las organizaciones que busquen destacar por su bienestar laboral decidan adelantarse y aplicar las 40 horas antes de los plazos fijados por el estatuto.

Para los sectores con turnos complejos, como la minería, la salud o el comercio, el desafío es mayor y requiere una planificación técnica rigurosa para cumplir con la ley sin afectar la operatividad.

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