Detectan más de mil certificados para tener armas emitidos por médicos fallecidos, sin acreditar ser psiquiatras y a personas condenadas

«De la revisión de los registros de armas inscritas en el sistema , y de las validaciones efectuadas con la Superintendencia de Salud, se identificó que un total de 7 personas extendieron certificados de aptitud física o psíquica a civiles para la tenencia y uso de armas de fuego, sin contar con un título de médico inscrito en la citada institución de salud, contraviniendo lo establecido en el artículo 5° A, letra c) de la Ley de Control de Armas y el artículo 76, letra d) de su reglamento complementario, que exigen, para la inscripción de una o más armas, que el solicitante acredite poseer una actitud física y psíquica compatible con el uso de armas, mediante la presentación de un certificado extendido por un médico psiquiatra», señaló en un informe la Contraloría General de la República, CGR.

De este modo responsabilizó a la Dirección General de Movilización Nacional, dependiente del Ministerio de Defensa, que «la DGMN no efectúa labores de control idóneo para dar cumplimiento a lo ordenado mediante su resolución exenta N° 1.716, de fecha 12 de julio de 2021, que establece un sistema de verificación de antecedentes de médico psiquiatra para usuarios que soliciten realizar una actuación en que sea requisito este informe».

Son 61 médicos sin especialidad de psiquiatría

En la auditoría practicada por la CGR se detectaron 61 médicos que no registraban la especialidad de psiquiatría, según el registro de la Superintendencia de Salud, los que emitieron certificados para trámites de inscripción de armas de 1.281 personas. Uno de estos médicos emitió 502 certificados.

«Esta observación confirma que la DGMN no ejerce medidas efectivas de verificación acerca de la autenticidad o validez de la documentación fundante que presentan los usuarios al momento de inscribir un arma, incumpliéndose lo previsto en la mencionada letra d), del artículo 76 del Reglamento Complementario de Control de Armas, que exige la presentación de un certificado extendido por un médico psiquiatra ante la DGMN y la Autoridad Fiscalizadora para que éstas puedan inscribir armas de fuego», señala el informe.

Hasta médicos fallecidos otorgaban certificados

En los registros históricos disponibles se identificaron 11 trámites respaldados con certificados psiquiátricos extendidos por 4 profesionales médicos que, a la fecha de las precitadas actuaciones, se encontraban fallecidos, lo que fue detectado para los años 2021 y 2022.

Además, del análisis realizado a la información que respalda el sistema de control de armas, se detectaron 30 trámites efectuados entre los años 2014 y 2023, que se encuentran asociados a facultativos no identificables, dado que en el sistema se encuentran asociados al RUN 1-9.

También se detectaron trámites efectuados ante la DGMN para la inscripción de armas, por personas condenadas según información contenida en el Registro de Condenas del Servicio de Registro Civil e Identificación, SRCeI, lo que incumple lo establecido en la letra e) del artículo 5A, de la ley N° 17.798, y además reviste un riesgo respecto de la integridad de la información que se administra por la DGMN y el control que ejerce conforme dispone la ley, puesto que se debe asegurar que la información permita verificar si una persona está habilitada para acceder a permisos asociados a armas.

Asimismo, se constató que 30 personas que se encontraban vigentes en el Registro de Condenas del SRCeI, no fueron deshabilitadas para efectuar trámites dentro del sistema, y en el caso de 9 personas, cuya condena es mayor o igual a 5 años, se constató que poseen registros de inscripción y de actualización de datos de armas asociadas, durante la pena en ejecución.

De los individuos que se encontraban vigentes en el Registro de Condenas del SRCeI, se constató que 725 personas registraban condenas por delitos con pena aflictiva, con armas vigentes, sin que la repartición adoptara las medidas para regularizar la situación expuesta. Cabe señalar que 388 personas pertenecen a la Región Metropolitana, lo que equivale al 53,5% del total.

No solo armas, también municiones

Al analizar las compras de municiones registradas en la base de datos del sistema para el periodo enero de 2019 a noviembre del 2023, se detectaron personas que excedieron el máximo anual permitido por la normativa, según el tipo de proyectil de las armas vigentes que mantenían, si éstas tenían permiso de transporte o si su destino era para defensa personal, deportistas, coleccionistas o cazadores.

Un total de 174 tenedores adquirieron 142.206 municiones de tipo proyectil único, por sobre el límite anual que dicha categoría le permite para las armas que mantienen inscritas y en estado vigente. Como ejemplo, 23 tenedores adquirieron el 51% de las municiones antes descritas, teniendo como criterio aquellas compras anuales que excedieron los 1.900 proyectiles únicos.

Al evaluar los trámites sobre municiones, en especial la compra de éstas, la CGR detectó que 125 tenedores adquirieron 175.177 municiones de tipo de proyectil múltiple por sobre su límite anual permitido, para las armas que mantenían inscritas y en estado vigente. A modo de ejemplo, cabe indicar que 48 de los tenedores, adquirieron el 52 % de las municiones antes descritas, teniendo como criterio aquellos que adquirieron 2.500 o más proyectiles múltiples

Al analizar las compras de municiones obtenidas desde la base de datos del sistema para el período enero de 2019 y noviembre del 2023, se determinó que 1.436 personas adquirieron 2.598.040 de unidades de municiones, de las cuales 427.883 no corresponden al registro de sus armas inscritas, tanto vigentes como no vigentes, incluidas las armas destruidas.

De la respuesta otorgada por la entidad, y los nuevos antecedentes aportados relativos a la equivalencia de los calibres, se logró subsanar parte de esta observación, manteniéndose los casos objetados para la adquisición de 175.168 municiones efectuadas antes de la implementación del Sistema.

Al revisar los datos históricos de compras en la base de datos del sistema, se constató la presencia de 18 personas fallecidas que registran trámites de adquisiciones de Artificios Pirotécnicos y Municiones.

Se verificó, también, la existencia de personas que poseen un número de armas mayor a las permitidas, acorde a la categoría registrada en el Reglamento Complementario de la ley N° 17.798, para las inscripciones realizadas entre el 13 de mayo de 2008, fecha de publicación de la normativa y noviembre de 2023, lo que incumple dicha normativa, además de conllevar riesgos vinculados con la seguridad pública, el cual incluye el aumento del eventual tráfico ilegal de armas, la dificultad en la trazabilidad de las mismas y el incremento de su uso indebido.

El informe precisa los resultados que se determinaron en esta materia, y corresponden a los siguientes:
Se determinó que 123 tenedores de armas inscritas como “Defensa Personal” registran más de 2 armas en estado activo, infringiendo el artículo 80, del precitado reglamento que establece el cual señala que las personas naturales podrán inscribir hasta dos armas como defensa personal.

Se constató que 177 personas registran más de 6 armas vigentes inscritas como “Deporte o Caza”. Una de estas personas posee 13 armas de deporte, sobre el máximo permitido, sin documentación que acredite dicha tenencia. Lo anterior, infringe el artículo 81 del reglamento complementario antes mencionado, el cual establece la posibilidad de inscribir hasta un límite de 6 armas de fuego, para caza o deporte, sin perjuicio de las que posea para defensa personal.

Se constató que 10 personas inscritas como “Coleccionistas”, registran más de las armas permitidas según dispone la norma, totalizando 585 armas. Es del caso mencionar que 1 persona posee 149 armas de colección, sin documentación que acredite dicha tenencia.

El pago indebido

La CGR advirtió el pago indebido de funcionalidades duplicadas del sistema, referidas al control por parte del aplicativo de lo establecido en la normativa vigente, lo que implicó que la DGMN desembolsara por el mismo servicio un monto de 102,72 UF, suma que se objeta de conformidad con lo preceptuado en los artículos 95 y siguientes de ley N° 10.336.

Se verificó que la DGMN pagó por funcionalidades asociadas a la provisión de los servicios de soporte, mantención y asesoría post implementación de la aplicación dentro la garantía, por un monto de 104,09 UF. Sin embargo, pueden considerarse como mantención correctiva de lo implementado en el sistema, licitado en el año 2021. Por lo expuesto y no existiendo información adicional que desvirtúe lo consignado por esta Entidad de Control, se formulará reparo por el monto de 104,09 UF, de acuerdo con lo preceptuado en los artículos 95 y siguientes de ley N° 10.336.

El informe está fechado el 19 de julio de 2024 y la DGMN tiene hasta el 19 de septiembre para responder y aclarar cada uno del oficio.