Sigue el Duelo Nacional

El Ministerio del Interior y Seguridad Pública declaró duelo nacional por tres días, con motivo del fallecimiento del ex Presidente de la República, Sebastián Piñera Echenique, a través del Decreto exento N°476, el que sucederá a dos días decretados a partir del lunes por la tragedia desatada por los incendios en Viña del Mar.

El decreto señala textualmente que, «1° Que con esta fecha, el país ha tomado conocimiento, con enorme pesar, del trágico fallecimiento del ex Presidente de la República, don Sebastián Piñera Echenique, quien, en su extensa trayectoria pública, desempeñó en forma destacada los más altos cargos que puede alcanzar un ciudadano.

2° Que, don Sebastián Piñera Echenique, nació en la ciudad de Santiago el 1 de diciembre del año 1949.

3° Que, apoyó la recuperación de la democracia chilena en el plebiscito de 1988.

4° Que, se desempeñó como Senador de la República durante los años 1990 a 1998, por la circunscripción Santiago Oriente.

5° Que, ejerció en dos oportunidades como Presidente de la República, entre los años 2010-2014 y 2018- 2022.

6° Que, durante sus mandatos impulsó la reconstrucción después del terremoto del 27 de febrero del año 2010, el rescate de los 33 mineros de la mina San José, el manejo de la pandemia en tiempos de incertidumbre a nivel mundial, entre otros valiosos aportes en materia económica, previsional y social.

7° Que, como servidor público, don Sebastián Piñera Echenique tuvo siempre como principal propósito atender a los superiores intereses de la Nación, la defensa de la democracia y el progreso de todas las personas que habitan la República.

8° Que las autoridades públicas adhieren al sentimiento de pesar provocado por su sensible fallecimiento, estimándose un deber honrar su obra y legado derivadas de su extensa y valiosa trayectoria, siendo procedente declarar duelo nacional según se indicará a continuación.

DECRETO:

ARTÍCULO PRIMERO: DECLÁRASE duelo nacional los días 7, 8 y 9 de febrero de 2024, con motivo del sensible fallecimiento del ex Presidente de la República, don Sebastián Piñera Echenique.

ARTÍCULO SEGUNDO: ÍZANSE a media asta, durante los días señalados, las Banderas Nacionales ubicadas en las sedes del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial, así como en las Oficinas y Reparticiones Públicas; en las unidades de las Fuerzas Armadas; de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones de Chile. Asimismo, suspéndanse, durante los días señalados, los actos de Gobierno que revistan el carácter de festejo.

ARTÍCULO TERCERO: FACÚLTASE a las personas y entidades particulares para izar el Pabellón Nacional, en igual forma y oportunidad, en todos los edificios, residencias o establecimientos de carácter privado».