Por Carolina Araya, Directora Carrera de Derecho, UDLA, Sede Concepción
La semana pasada, volvió a ocupar los titulares una palabra que siempre causa malestar: colusión. En esta oportunidad, la Fiscalía Nacional Económica presentó una demanda en contra de los tres principales conglomerados empresariales de la industria de los casinos en nuestro país.
Cuando se habla de colusión, se refiere a un pacto entre actores económicos, cuyo objetivo es alterar el comportamiento natural de la oferta y la demanda para influir en los precios de bienes o servicios. Este tipo de acuerdos socava el libre mercado, como ocurrió con el pacto ilícito de las farmacias, donde se manipularon cuotas de producción para generar escasez y elevar los precios, asegurando así la venta total de sus productos. Otro ejemplo es el caso de la colusión de las empresas avícolas. Estos acuerdos también se pueden orientar a obtener condiciones más ventajosas en licitaciones, garantizando contratos por largos periodos, como el de quince años en este caso.
En todas las situaciones mencionadas, incluida esta última, los gerentes eran plenamente conscientes de que actuaban fuera de la legalidad. La Fiscalía Nacional Económica reveló que se utilizaron nombres en clave, se celebraron reuniones clandestinas, se eliminaron pruebas de teléfonos móviles y se emplearon mensajerías de duración temporal, lo que demuestra que los involucrados sabían de su conducta ilícita.
Actualmente, enfrentan la posibilidad de recibir multas y penas de cárcel que superan los tres años y un día, además de las sanciones económicas solicitadas para las empresas. Sin embargo, este no es el caso de Marina del Sol que, pesar de haber participado en la colusión, no recibirán sanciones penales, enfrentando únicamente la posibilidad de perder la licitación adjudicada, gracias a que se acogieron al beneficio de la delación compensada.
¿En qué consiste este beneficio? La ley antimonopolio establece que, en casos de colusión, el primer participante que delate y entregue información precisa, veraz y comprobable que permita a la Fiscalía Nacional Económica presentar una acusación ante el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, y que, además, ponga fin de inmediato a su participación en la práctica ilícita, podrá evitar sanciones. Asimismo, debe abstenerse de divulgar su solicitud de beneficio hasta que la Fiscalía haya presentado el requerimiento o archivado la solicitud.
El segundo participante que colabore con la investigación también podría recibir una reducción en la multa y una atenuante en su responsabilidad penal, siempre que aporte información adicional y relevante. Sin embargo, este beneficio no se aplicará si se demuestra que fue el organizador de la colusión y que coaccionó a los demás para participar en la conducta ilícita.
Una vez más, somos testigos de cómo la ambición puede volverse en nuestra contra, esta vez en la industria de los casinos. Esperemos que la investigación permita al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia imponer las sanciones máximas permitidas por la ley, ganando la mano con una escala real de color.