Este viernes la Ministra de Salud, Ximena Aguilera, acompañada de la ministra Vocera de Gobierno, Camila Vallejo, y el ministro de Justicia, Luis Cordero, dio a conocer las indicaciones al proyecto de Ley Corta de Isapres, modificaciones que buscan dar sostenibilidad y equilibrio financiero al sistema, así como protección y resguardo a los usuarios, en el contexto de viabilizar y dar certeza jurídica al fallo de la Corte Suprema.
La titular de Salud expresó que las modificaciones dan cuenta del efecto sistémico que puede tener el cumplimiento de la sentencia, “tanto para los asegurados del sistema público y del privado, y por lo cual en la ley corta se incorpora un componente para el fortalecimiento de Fonasa a través de la modalidad de cobertura complementaria que también va a ser objeto de indicaciones para una mejoría”.
Respecto a las indicaciones la ministra Aguilera señaló que:
– A la promulgación de la ley, se hará efectiva la adecuación de los planes a la tabla única de factores – que es lo que pide la primera sentencia -, la suspensión del cobro de los menores de 2 años y nonatos. Respecto a la sentencia que ocurrió mientras se discutía el proyecto de ley – la adecuación de la prima GES – se está analizando cómo hacerla calzar para el comienzo del proyecto de ley porque en ese caso se mandataba directamente a las Isapres y se está en conversaciones con ellos para resolverlo.
– Se establece el que se adopte como regla general la obligación de aportar el 7% de las remuneraciones en consistencia con el régimen de la seguridad social. Esto va a afectar tanto los cobros en exceso, como el cálculo de los planes a futuro. Quienes tenían un plan con un monto inferior al 7% – aproximadamente el 30% de los afiliados – podrán optar a mayores beneficios en consistencia con la reducción de los excedentes, dado que se va a llevar a la regla de la seguridad social.
– Cada Isapre deberá presentar un plan de pago. Si bien estaba recogido del proyecto original, ahora se define que ese plan de pago debe ser aprobado por la Superintendencia de Salud y un Consejo Asesor que ahora será de carácter permanente, recogiendo parte de las recomendaciones del Comité Técnico de la Comisión de Salud del Senado. Se acortará el plazo a dos meses para la presentación de este plan de pago en cuenta del tiempo que ha pasado y que hay una definición más clara. En ese mismo plan, cada Isapre deberá proponer medidas efectivas de mayor eficiencia del gasto, así como en caso de requerirlo, se autorizará un alza extraordinaria del precio base para compensar el efecto de la sentencia GES, es decir, la Isapre tendrá que presentar un plan de pago, justificación de un alza extraordinaria, y medidas efectivas de mayor eficiencia del gasto. Las personas que hayan sido objeto de los cobros excesivos van a mantener el derecho al reintegro de estos, aun cuando se hubieran cambiado de Isapre o a Fonasa. Ese reintegro será vía excedentes, según el plan de pago de cada Isapre.
– El consejo asesor pasa a ser permanente con un panel técnico para la regulación de la tarificación de las Isapres. Los miembros de este consejo van a ser definidos por Alta Dirección Pública y remunerados.
– Sobre la Modalidad de cobertura complementaria de Fonasa, se simplifica la propuesta original (que tenía 3 esquemas de cobertura). Ahora es solo un esquema de cobertura, el arancel será propuesto por Fonasa y aprobado por Hacienda, incorporará un seguro catastrófico, y el valor de la prima será plana, es decir, un mismo valor para todas las personas. No habrá discriminación en el seguro complementario de Fonasa y su reajuste será en UF y se adecuará a criterios establecidos por la ley.
– Se incorpora de que, en caso de insolvencia de Isapre, Fonasa estará obligado a mantener cobertura en función de los casos que se han judicializado, en caso de quienes tienen cobertura GES, así como quienes hayan activado el seguro catastrófico en caso de la eventual insolvencia.
La ministra Aguilera además expresó que “lo que motiva al gobierno a presentar la Ley Corta y también las indicaciones es la responsabilidad que tenemos con el sistema de salud de mantener las atenciones de las personas. Es un escenario al cual nos hemos enfrentado y el cual no hemos causado ya que es producto de la judicialización excesiva que ha tenido el sector y que tiene relación con la estructura de funcionamiento de los seguros privados que, usando la cotización que es de la seguridad social, funciona con leyes de mercado y eso ha sido la fuente de la judicialización creciente y que por responsabilidad tenemos que implementar esta ley e indicaciones como propuesta de mejoría”, agregó.
Por su parte, el titular de Justicia señaló que “la discusión es producto de la judicialización sostenida que por más de una década ha tenido el sistema de salud chileno desde la sentencia del TC en 2010 que declaró inconstitucional la tabla de factores. Desde entonces a hoy, la tasa de judicialización ha sido progresiva y en aumento, tanto que ha llegado a congestionar tanto a la Corte de Apelaciones como a la Corte Suprema. Por ejemplo, el 83% de los casos que el año pasado vio la CS estaban vinculados estrictamente a Isapres”.