La Corte Suprema acogió los recursos de casación en el fondo deducidos por los querellantes y, en sentencia de reemplazo, condenó a 27 agentes de la disuelta Dirección de Inteligencia Nacional (DINA), por su responsabilidad en el delito de secuestro calificado del dirigente sindical metalúrgico Pedro Enrique Poblete Córdova, quien fue detenido el 19 de julio de 1974 e ingresado al centro de detención clandestino de Londres 38.
El nombre de Poblete Córdova apareció entre 119 víctimas de la denominada “Operación Colombo”. En fallo unánime la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros Haroldo Brito, Manuel Antonio Valderrama, Jorge Dahm, Leopoldo Llanos y la ministra María Teresa Letelier– condenó a César Manríquez Bravo, Pedro Octavio Espinoza Bravo, Miguel Krassnoff Martchenko y Raúl Eduardo Iturriaga Neumann a 10 años de presidio, en calidad de autores del delito.
Pedro Enrique Poblete Córdova
En tanto, Rudeslindo Urrutia Jorquera, Juan Duarte Gallegos, Víctor Molina Astete, Fernando Guerra Guajardo, Leónidas Méndez Moreno, Jorge Lepileo Barrios, Lautaro Díaz Espinoza, Pedro Ariel Araneda Araneda, Carlos Sáez Sanhueza, Juan Villanueva Alvear, Rafael Riveros Frost, Hernán Valenzuela Salas, Julio Hoyos Zegarra, Gerardo Ernesto Godoy García, Enrique Tránsito Gutiérrez Rubilar, Hiro Álvarez Vega, José Alfonso Ojeda Obando, Olegario Enrique González Moreno, Orlando Jesús Torrejón Gatica, Alfredo Orlando Moya Tejeda, Manuel Rivas Díaz, José Ernesto Fuentes Torres, Nelson Alberto Paz Bustamante, Raúl Juan Rodríguez Ponte, Hermon Helec Alfaro Mundaca, Hugo del Tránsito Hernández Valle y Máximo Ramón Aliaga Soto deberán cumplir 10 años de presidio como coautores.
En la sentencia, el máximo tribunal estableció error de derecho en la sentencia recurrida, dictada por la Corte de Apelaciones de Santiago, al absolver a 25 acusados y que consideró que la participación de Paz Bustamante y Fuentes Torres en los hechos, lo era en calidad de cómplices.