Condenan a sargento por violar a una suboficial mayor de Carabineros

El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Puente Alto condenó a Patricio Alejandro Lagos Taucare, sargento de Carabineros a la época de los hechos, a la pena de cumplimiento efectivo de 3 años y un día de presidio, en calidad de autor del delito consumado de violación de mayor de 14 años de edad. Ilícito perpetrado en marzo de 2021, en la comuna.

En fallo unánime, el tribunal –integrado por las juezas Camila Villablanca Morales (presidenta), Silvia Jaramillo Cisternas (redactora) y Sandra Naser Császár-, aplicó, además, a Lagos Taucare las accesorias legales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos y oficios públicos y derechos políticos y la inhabilitación absoluta para profesiones titulares mientras dure la condena.

Una vez que el fallo quede ejecutoriado, el tribunal dispuso que se proceda a la toma de muestras biológicas al sentenciado para determinar su huella genética e inclusión en el registro nacional de ADN de condenados.

Asimismo, el tribunal impuso a Lagos Taucare las accesorias especiales de inhabilitación absoluta perpetua para cargos, empleos, oficios o profesiones ejercidos en ámbitos educacionales o que involucren una relación directa y habitual con menores de edad.

El tribunal dio por acreditado, más allá de toda duda razonable, que en horas de la mañana del 13 de marzo de 2021, al interior de un domicilio ubicado en la comuna de Puente Alto, “PATRICIO ALEJANDRO LAGOS TAUCARE, accedió carnalmente a P.Y.U.B.(…), aprovechándose el acusado de la incapacidad para oponer resistencia de la ofendida, quien se encontraba durmiendo producto del cansancio y la ingesta previa de alcohol”.

El fallo consigna que “(…) los hechos que se han dado por establecidos y que se han calificado jurídicamente resultan configurados, principalmente, por los dichos de (…), que refiere en estrados –en lo sustancial– que el encartado la accedió carnalmente por vía vaginal, aprovechando que ella se encontraba dormida y bajo los efectos del alcohol, relato que aparece coincidente, en lo fundamental, con las demás pruebas de cargo rendidas en el juicio, que recaen sobre los dichos de la víctima, el contexto en que se ejecutó el acometimiento y los acontecimientos anteriores y posteriores a la perpetración, unidos al testimonio prestado como medio de defensa por el encausado, quien reconoció haber accedido a la víctima”.

“En cuanto al elemento subjetivo del tipo, se establece que el acusado obró en los hechos que se han tenido por acreditados en esta sentencia con dolo directo, puesto que, no puede sino sostenerse que el acusado tuvo una intención o voluntad dirigida a ejecutar el actuar por el que se le acusa, prevaliéndose de la situación en que (…) se encontraba, esto es dormida y luego de ingesta alcohólica, lo que limitaba su posibilidad de oponer resistencia”, agrega.