Corte Suprema ordena reunir a mapuches trasladados por Gendarmería

La Corte Suprema acogió los recursos de amparo presentados por internos mapuches del penal de Angol que fueron trasladados a diversos recintos penitenciaros ubicados fuera de la Región de La Araucanía.

En fallos unánimes, la Segunda Sala del máximo tribunal –integrada por los ministros y ministras Haroldo Brito, Jorge Dahm, María Cristina Gajardo, Eliana Quezada y el abogado (i) Diego Munita– confirmó las resoluciones que acogieron los recursos de amparo presentados en representación de Máximo Queipul Huenchullán, Fabián Llanca Nahuelpi y Joaquín Huenchullán Queipul, pero dispuso que el juez de garantía cite a audiencia para discutir los traslados.

“Que, además, respecto de las personas que se encuentran en prisión preventiva, el artículo 150 del Código Procesal Penal y el artículo 6 N° 13 de la Ley Orgánica de Gendarmería de Chile, establecen la obligación de Gendarmería de recabar la autorización del juez de garantía competente para modificar el establecimiento donde se ordenó por el tribunal el cumplimiento de la medida cautelar, lo que no aconteció en este caso, pues la misma institución recurrida reconoce en su informe que la decisión de traslado del amparado (…) fue comunicada en forma posterior a su ejecución, aludiendo en forma genérica a la gravedad de los hechos, sin especificar los fundamentos por los cuales en este caso preciso no podía esperar el pronunciamiento jurisdiccional”, sostiene los fallos.