Hoy comenzaron a regir los cambios a la aplicación de la normativa N° 21.563, modernizando la Insolvencia y Reemprendimiento.
Antes de esta aplicación, las Medianas y Pequeñas Empresas, Mypes, no podían optar de forma eficiente a los procesos de reorganización.
De este modo, se busca dar una verdadera segunda oportunidad para las Mypes que buscan evitar el cierre de sus funciones.
Son procedimientos disponibles para todos, destacando por su tramitación rápida, fácil y de bajo costo.
No solo las Mypes están en la normativa, las personas que emiten boletas también podrán optar a la renegociación de sus deudas.
Si estas personas presentan problemas de solvencia, podrán realizar la renegociación de sus deudas sin costo.
Los procedimientos de reorganización o liquidación voluntaria, cuyas empresas sean de ingresos menores a las 25.000 UF podrán optar por acciones simplificadas.
En dicho procedimiento, las Mypes ya no necesitarán la certificación de un auditor externo, permitiendo hacer el trámite de forma accesible.
Pese a lo anterior, la nueva normativa es más exigente para la liquidación, debido a que persigue con mayor fuerza a los deudores de “mala fe”.
Si una persona es catalogada como “deudor de mala fe”, puede exponerse a sanciones que podrían limitar la extinción de deudas.