Medio Ambiente y letra muerta en el nombramiento de jueces al Tribunal Ambiental

  • La designación puede ser algo muy arbitrario, si no se aplica un criterio estricto y transparente del cumplimiento de los requisitos. Porque está expuesta a sistemas administrativos de control precario, y a presiones políticas para influir la decisión presidencial.


Letra muerta. Esa parece ser la regla en las materias de la llamada ética de la supervivencia en el Tercer Milenio: resguardo del medio ambiente y control del cambio climático, igualdad de género con equidad de trato ciudadano, transparencia y responsabilidad de la gestión pública, y estricto respeto de la ley. No se trata solo de normas que establecen derechos y obligaciones. Se trata también de procedimientos y Tribunales, que son sustanciales para que se cumpla a cabalidad el propósito para el cual fueron establecidas.

Por estos días, el Estado de Chile se apresta a designar nuevos jueces en los Tribunales Ambientales de Santiago y Antofagasta. El procedimiento quedó establecido el año 2012 cuando ellos se crearon. Según el Antecedente Administrativo AD 931 2012 de la Corte Suprema, serían tribunales especializados, integrados por tres jueces titulares, dos de ellos abogados especializados en Derecho Ambiental,  y el tercero, un licenciado en Ciencias también con especialización en temas ambientales. Habría, además, dos suplentes, uno de cada categoría profesional.

Según el mismo Oficio de la Corte Suprema, los jueces debían ser profesionales destacados en el área, con las especializaciones ambientales requeridas, dos publicaciones como mínimo, y más de 10 años de ejercicio profesional.

Cada uno de ellos, suplentes o titulares, son designados por el Presidente de la República, con acuerdo de los 3/5 de los Senadores en ejercicio. Las listas de candidatos las elabora la Corporación Administrativa del Poder Judicial, con bastante discrecionalidad, para ser entregada a La Corte Suprema y desde esta al Presidente, quien elige los nombres y los propone al Senado.

En tales condiciones la designación puede ser algo muy arbitrario, si no se aplica un criterio estricto y transparente del cumplimiento de los requisitos. Porque está expuesta a sistemas administrativos de control precario, y a presiones políticas para influir la decisión presidencial. Así, la composición del Tribunal puede resultar no de la aplicación de los criterios profesionales definidos como esenciales para los cargos, sino de manipulaciones y negociaciones políticas.  Aplicar un criterio estricto y riguroso sobre el cumplimiento de los requisitos personales de los jueces, es la única barrera frente a la discrecionalidad política y administrativa en algo tan  trascendental para el país como es la justicia medioambiental.

En este escenario, salta a la vista que, o no se ha hecho una buena selección por parte de la Corporación Administrativa del Poder Judicial, por los pocos candidatos existentes y su calidad; o el concurso está desestimulado por los padrinazgos políticos.

Entre los candidatos a ministro sin cumplir los requisitos salta a la vista el nombre de Marcela Godoy Flores, actual relatora en el Tribunal Ambiental de Antofagasta, quien postula capicúa: como Titular en Santiago o Suplente en Antofagasta, apadrinada entusiastamente por la Senadora Paulina Núñez cuestionada en estos días por su prolongada estadía en el extranjero. La candidata no tiene las dos publicaciones que como mínimo que exige el perfil de cargo, de acuerdo a lo ordenado por el AD 931-2012 de la Corte Suprema, lo que debiera ser impugnado en la consulta pública ante la Comisión de Constitución, Legislación y Justicia del Senado. ¿Quién controla lo que hace la CAPJ? ¿Quién le evita el bochorno al Senado?