InicioDestacadaOperación Renta 2026: El calendario definitivo para asegurar tu devolución de impuestos

Operación Renta 2026: El calendario definitivo para asegurar tu devolución de impuestos

 

La Operación Renta 2026 ha entrado en una fase decisiva para el bolsillo de los contribuyentes. El Servicio de Impuestos Internos (SII) ya autorizó la devolución anticipada para el 93% de quienes declararon en la primera etapa, lo que se traduce en más de 988 mil personas que recibirán sus fondos de manera inminente. Sin embargo, para quienes aún no realizan el trámite, el reloj corre: esta semana vence el segundo plazo clave para acceder al pago de mayo.

Las fechas que marcan tu presupuesto El calendario de depósitos depende estrictamente del día en que el contribuyente envíe su formulario 22. Si optaste por la transferencia electrónica, estas son las fechas confirmadas:

  • Declarados entre el 1 y 8 de abril: El dinero será depositado el próximo miércoles 29 de abril.
  • Declarados entre el 9 y 23 de abril: El pago llegará el viernes 15 de mayo.
  • Declarados entre el 24 de abril y el 8 de mayo: La transferencia se realizará el 27 de mayo.
  • Pagos con cheque: Independiente de la fecha de postulación, se emitirán el 29 de mayo.

El «filtro» de la Tesorería: por qué podrías recibir menos Aunque el SII autorizó el 77% de los montos solicitados inicialmente (unos $247 mil millones), el depósito final podría ser menor al esperado. La Tesorería General de la República (TGR) aplicará descuentos automáticos antes de liberar los fondos. Estas retenciones corresponden principalmente a:

  • Deudas tributarias pendientes.
  • Compensaciones por deudas previsionales o laborales.
  • Demandas por pensión de alimentos, las cuales tienen prioridad en el cobro.

¿Estás obligado a declarar? No todos los contribuyentes deben realizar el proceso, pero el SII advierte que la obligatoriedad rige para quienes tuvieron ingresos anuales sobre $11.265.804 en 2025 (salvo sueldo de un solo empleador) o tuvieron más de un pagador simultáneo. También deben hacerlo los trabajadores a honorarios que busquen cobertura previsional, quienes crearon empresas el año pasado y, de forma especial, quienes solicitaron el Préstamo Solidario en 2021, ya que en este proceso se paga la cuota final.

Incluso si no estás obligado, la normativa permite declarar voluntariamente para acceder a beneficios como la rebaja de intereses por dividendos hipotecarios o el crédito por gastos en educación, lo que podría generar una devolución a tu favor que de otro modo se perdería.

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