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    La portabilidad de seguros, un derecho legal

    En Chile, aproximadamente entre el 80 % y 90 % de los autos se compran mediante financiamiento automotriz, lo que convierte a este tipo de crédito en uno de los más comunes del país. A pocas semanas de que comience el nuevo año tributario para los vehículos (1 de septiembre), miles de personas evalúan cambiar su auto o ya están contratando nuevos créditos automotrices. Lo que pocos saben es que, al hacerlo, probablemente también están contratando, sin mucha claridad, seguros de desgravamen o cesantía, cuyo costo podría optimizarse significativamente.

    En un país donde casi un millón de personas destina más del 50 % de sus ingresos al pago de deudas, entender qué se contrata al momento de tomar un crédito es relevante. Y es aquí donde entra una herramienta poco visibilizada: la portabilidad de seguros, un derecho legal vigente en Chile, pero desconocido para la mayoría.

    ¿Qué significa? Que cualquier persona con un crédito de consumo vigente puede cambiar su seguro asociado por otro más conveniente, sin quedar desprotegido, y recuperar el dinero de la prima no consumida. Esto aplica también para los seguros que ya vienen incluidos en los créditos automotrices, muchas veces sin que el cliente se dé cuenta.

    Un caso concreto lo demuestra: Sebastián contrató un crédito automotriz por $10.400.000. Tras pagar solo 2 de las 36 cuotas pactadas, conoció Mueve Seguro, realizó la portabilidad y logró recuperar $450.000. Como él, miles de personas están descubriendo que tienen derecho a revisar, cambiar y optimizar estos seguros.

    Según cifras de la plataforma Mueve Seguro, más de 28 mil personas ya han recuperado en promedio $350.000 gracias a este mecanismo, lo que demuestra su impacto directo en el bolsillo de los consumidores.

    «Portar un seguro o exigir la devolución de lo pagado no es un favor, es un derecho», ha enfatizado el abogado Carlos Gajardo, exfiscal y asesor legal de Mueve Seguro. «En esta materia existe mucho desconocimiento: las personas no saben que pueden cambiar estos seguros, ni que al hacerlo tienen derecho a una devolución. La ley es clara: la compañía debe devolver el dinero en un plazo máximo de 10 días, y la CMF puede fiscalizar y sancionar si eso no ocurre».

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