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    Reforma de Pensiones pasa a la sala del Senado y se vota el lunes

    Con la aprobación, en forma unánime, del informe financiero que acompaña a la reforma previsional, los integrantes de la Comisión de Hacienda concluyeron pasadas las 20:30 de este sábado 25 de enero la votación en particular del proyecto y despacharon el texto a la Sala. 

    Según anticipó el presidente del Senado, José García Ruminot, la corporación sesionará este lunes 27 de enero, a partir de las 15 horas y, hasta total despacho.

    Durante la tarde de este sábado 25, lo senadores y el Ejecutivo afinaron el acuerdo respecto de una serie de temáticas de su competencia, lo que permitió agilizar la votación del articulado de la norma que cursa segundo trámite en la Cámara Alta.

    Al inicio de la sesión, el presidente de la Comisión de Hacienda, Felipe Kast valoró dicho paso indicando que “hemos llegado a un diálogo muy fructífero con el Ejecutivo que se ha abierto al diálogo (…) Sabíamos que revisar esto rápido iba a ser un error y el tiempo nos dio la razón. En la reunión de coordinación de la mañana recogimos la preocupación del Consejo Fiscal Autónomo y de los académicos respecto de varios temas como que los colegios particulares subvencionados estuvieran considerados”.

    De hecho, durante el debate en particular, el parlamentario destacó la aprobación del seguro social, los beneficios que se entregarán para aumentar la pensión y el acuerdo al que se llegó para que los colegios particulares subvencionados y los consultorios tengan recursos para pagar el alza de la cotización.

    El ministro de Hacienda, Mario Marcel, valoró el término de este paso legislativo: “Concluimos esta sesión con mucha satisfacción y mucho entusiasmo, quedan menos pasos para despachar esta reforma de pensiones que tanta gente espera. Sabemos que este es un proyecto extenso y complejo. Al final del día en esta Comisión de Hacienda se incorporaron 15 indicaciones más cuatro artículos transitorios, que se hicieron cargo de algunas de las recomendaciones del Consejo Fiscal Autónomo. Por otro lado, también se incorporaron temas que surgieron durante la discusión y que eran de inquietud de los senadores. Hay que destacar que estas indicaciones mejoran el proyecto en cuanto a que se mantienen todos los elementos fundamentales de los acuerdos que hemos logrado y agregan valor en términos de transparencia, predictibilidad, y responsabilidad fiscal”.

    Asimismo, la ministra del Trabajo y Previsión Social, Jeannette Jara, aseguró que “hoy día podemos refrendar la buena noticia que le dimos al país en virtud del acuerdo al que llegamos, en el cual se compromete una reforma al Sistema de Pensiones y que como lo comprometió el gobierno del Presidente Gabriel Boric en su programa”. Agregó “queremos agradecer a los senadores de la Comisión de Hacienda que nos estuvieron todos estos días acompañando en esta tramitación y especialmente a nuestros senadores, el senador Ricardo Lagos Weber y el senador José Miguel Insulza, que han jugado un rol fundamental en esta discusión”. La titular del Trabajo también agradeció el rol de la subsecretaria de la Secretaría General de la Presidencia, Macarena Lobos, y de los senadores de la Comisión de Trabajo, Alejandra Sepúlveda y Gastón Saavedra.

    Durante esta jornada, se terminaron de aprobar los 50 artículos que correspondía que analizara la comisión de  Hacienda en su calidad de revisora en materias tales como el Seguro Social, el funcionamiento del Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP), el sistema de información de pensiones, los fondos generacionales, cotizaciones, encaje del sistema de premios y castigos, sistema de cobranza previsional y licitación de stock.

    En la mañana, tras un espacio de negociaciones, se logró acuerdo en nuevos temas para incluir en el articulado referentes al aporte del empleador durante las licencias médicas, transición de la tasa de cotización y expectativas del FAPP. Respecto del primero se acordó que en el caso de licencias, el empleador quedará obligado al pago del 2,5% y los prestadores de salud al 6%. Sobre el financiamiento de la cotización en la transición se determinó que a través de la Ley de Reajuste se traspasarán los recursos para financiar el incremento en la tasa de cotización para los sostenedores educacionales y para los establecimientos de atención primaria, y se establecerá una facultad delegada al Presidente para realizar el traspaso de los recursos en los seis meses correspondientes a este año si empieza a implementarse -cuyo costo este año sería de $28.535 millones-. Acerca del FAPP se consideraron en el proyecto los casos en que fuera deficitario o superavitario.

    Estas propuestas se agregaron a las indicaciones que habían sido presentadas por el Ejecutivo acogiendo las recomendaciones realizadas por el Consejo Fiscal Autónomo (CFA): establecer que el FAPP deberá incluir una estimación de los compromisos financieros que resulten de la aplicación de la garantía estatal; nueva gobernanza del FAPP que estará compuesto por un Consejo Directivo de cinco integrantes designados por el Presidente de la República previo acuerdo del Senado, quienes durarán 6 años en sus cargos, resguardando el principio de que sea paritario; introducir una nueva gradualidad para el incremento de la cotización por parte del empleador, en la medida que la evaluación externa sobre la ley de Cumplimiento Tributario dé cuenta de un menor efecto recaudatorio al esperado, aumentando de 9 a 11 años la transitoriedad; fijar que en un plazo de 180 días desde la publicación de la Ley ingrese un proyecto para modificar la gestión fiscal del Fondo de Estabilización Económica y Social (FEES) y el Fondo de Reserva de Pensiones (FRP), con el fin de alcanzar una meta para el nivel en régimen para ambos fondos.

    Respecto de las modificaciones el artículo 51, referido a los estudios actuariales que deberá realizar el Fondo para evaluar la sustentabilidad financiera del FAPP, se añadió que dicho informe deberá ser enviado al Consejo Fiscal Autónomo el cual podrá emitir una opinión sobre los efectos fiscales advertir riesgos y proponer medidas de mitigación. Si dicho informe concluyera que, para alguno de los años comprendidos en ese estudio, el FAPP no será sustentable, el administrador del Fondo, en un plazo de dos meses, debe proponer los ajustes al Seguro Social Previsional que sean necesarios, luego el Presidente debe enviar un proyecto de ley en el plazo de 4 meses y el Congreso debe despacharlo a Ley en el plazo de un año. Si no se cumpliera el cambio legal en un año, se reducirían los beneficios que entrega el Fondo.

    Por el otro lado, si el informe sostuviera que el FAPP es superavitario, el Presidente debe proponer un proyecto de ley ajustando los parámetros en 4 meses, y si al cabo de un año no hubiere una ley, se reducirá el aporte fiscal proporcionalmente manteniendo la sustentabilidad del Fondo.

    En esta instancia se presentaron 15 indicaciones al articulado permanente y 4 transitorios.

    Lo aprobado

    A continuación, las materias que han sido, hasta este momento aprobadas por unanimidad:

    Licitación de cartera
    La Superintendencia de Pensiones licitará los nuevos afiliados a la administradora que ofrezca una menor comisión profundizando en los afiliados antiguos, todo esto para la gestión de las cotizaciones obligatorias. La licitación se hará cada 2 años y la Superintendencia deberá hacer difusión de ésta en los medios masivos.
    Dicha licitación será aleatoria respecto de los afiliados. A los seleccionados se les enviará una comunicación y estos podrán desistir del cambio de AFP. El traspaso durará 6 meses.
    Las AFP que podrán participar del proceso, serán aquellas que no tienen más del 25% de afiliados. Además, la comisión deberá estar fija por 5 años, de lo contrario los afiliados serán licitables. En tanto, se creará una nueva institucionalidad: el Consejo Asesor para las Licitaciones.

    Sistema de Información de Pensiones
    Hoy la información relativa a la cotización obligatoria y la voluntaria está en manos de distintos actores como son las AFP, las compañías de seguro, las administradoras generales de fondos y el Instituto de Previsional Social (IPS). El proyecto propone que se genere un sistema de información centralizada coordinado por la Superintendencia de Pensiones, de manera que los afiliados puedan conocer todos sus antecedentes en una plataforma en línea y proyectar su pensión.

    Fondos Generacionales
    Los Fondos Generacionales serán el sistema por medio del cual las administradoras se harán cargo de las inversiones, de manera que los afiliados no tengan dicha preocupación. Los fondos se adaptarán al rango etario de los afiliados, así los más jóvenes estarán expuestos a activos de mayor riesgo, y los más mayores a los de menor riesgo, todo pensando en alcanzar mayores pensiones.
    Adicionalmente, se permitirá que el IPS sea subcontratado por una AFP para encargarse de la atención al usuario.

    Seguro Social
    Se crea el Seguro Social Previsional que contempla beneficios transitorios y permanentes:
    •    Beneficio por años cotizados: se entrega 0,1 UF por año. Las mujeres deberán tener cotizaciones continuas o discontinuas por a lo menos 10 años; y los hombres por 20 años. Siempre el tope mensual será 2,5 UF. Este beneficio se financia a través de la cotización de rentabilidad protegida que se origina con la cotización que pone el empleador que es capitalizada en el tiempo. Con cada cotización de un 1,5%, se da origen a un bono de seguridad operacional.
    •    Compensación por expectativa de vida: este beneficio iguala las condiciones entre hombres y mujeres considerando la actual mayor expectativa de vida de las mujeres. Así se entregará un 11% de la pensión autofinanciada a las mujeres con un piso de 0,25 UF a partir de los 65 años.
    •   Seguro de Invalidez y Sobrevivencia: se agrupan estos beneficios que hoy se encuentran separados. El Instituto de Seguridad Social (ISP) va a fijar el cumplimiento de los requisitos de los afiliados, mientras que la Superintendencia de Pensiones emitirá normas de carácter general para el cálculo de los beneficios.

    Fondo Autónomo de Protección Previsional (FAPP)
    Se crea este fondo con el fin de financiar las prestaciones del Seguro Social Previsional. El fondo tendrá un patrimonio independiente y separado del patrimonio de su administrador y de la o las entidades a quienes se licite la gestión de las inversiones.

    Modificaciones a la ley 20.255 (reforma previsional del 2008)
    Se actualiza la definición de la pensión base incluyendo los beneficios por años cotizados y la expectativa de vida.
    El Ejecutivo se compromete a presentar un mensaje, a 180 días publicada la ley, que modifica el Fondo de Estabilización Económico y Social; y el Fondo de Reserva de Pensiones.
    Durante los primeros 10 años de publicada la ley, los ministerios de Hacienda y Trabajo deberán elaborar cada 2 años, informe de evaluación de efectos macroeconómicos de la ley emitiendo una copia a la Comisión Especial Mixta de Presupuestos.
    Durante de transición del incremento cotización, las leyes de reajuste al sector público destinarán recursos al financiamiento de la cotización y los mecanismos de traspaso a los sostenedores de establecimientos educacionales que reciban aportes del Estado así como a los establecimientos de salud primaria.

    En el caso de incapacidad laboral del trabajador, la cotización será de cargo de las entidades pagadora del subsidio.

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