El Tribunal Constitucional declaró admisible el requerimiento de inconstitucionalidad presentado por senadores oficialistas, en contra de la indicación que introduce un mecanismo de mutualización para el cálculo de la deuda de las isapres en la ley corta, que fue aprobada por el Senado y que ahora se está debatiendo en la Cámara de Diputados.
Ahora el Tribunal comunicó que «se otorgará traslado a S.E. el Presidente de la República, al H. Senado y la H. Cámara de Diputadas y Diputados, para que en un plazo e cinco días se pronuncien sobre el asunto sometido a la decisión del tribunal». «Con ello, posteriormente esta magistratura resolverá sobre el fondo del requerimiento escuchando alegatos de las partes en su totalidad», precisó.
El requerimiento fue ingresado a inicios de febrero por 17 senadores, entre los cuales Juan Luis Castro (PS), dijo que «se ha cometido una fragrante violación a una disposición taxativa que es que toda normativa de seguridad social que en este caso eran cotizaciones de las personas, cotizaciones que la Corte Suprema en materia de salud dictaminó devolver respecto de miles de chilenos afectados por las tablas de factores, se han visto vulneradas». «En primer lugar», agregó, «porque la mesa del Senado declaró admisible una norma que se sabe que es solo de patrocinio exclusivo del Ejecutivo y segundo, rebajó el quórum de dicha votación».
«No existe en Chile la posibilidad de que aún habiendo unanimidad de parlamentarios se legisle sobre seguridad social, si no cuenta exclusivamente con el patrocinio del Poder Ejecutivo», finalizó el senador.