Ángela Vivanco «incurrió en un comportamiento que afecta los principios de independencia, imparcialidad, probidad, integridad y transparencia que rigen a los miembros de la magistratura y que, desde luego, priman por sobre su derecho a la inamovilidad, al haber comprometido gravemente con su mal comportamiento los cimientos del Estado de Derecho.
Y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 80 de la Constitución Política de la República, se declara, por unanimidad, que la señora Ángela Vivanco Martínez no ha tenido un buen comportamiento en el ejercicio de sus funciones y, en consecuencia, se acuerda la remoción de su cargo como ministra de esta Corte Suprema de Justicia».
Seis años y 2 meses duró la aventura de la ministra de la Corte Suprema, Ángela Vivanco Martínez, luego que el Pleno de la Corte Suprema acordará su remoción en el cargo. El presidente del Tribunal leyó la sentencia.
Los 18 ministros y ministras escucharon la relación de la causa y al abogado defensor, Cristóbal Osorio, durante la mañana de este jueves.
A primera hora, el Pleno rechazó la solicitud de 6 magistrados de inhabilitarse para estar en la audiencia, tras lo cual se inició la lectura de los cargos en las 7 causas que se presentaron y que abrieron el cuaderno de remoción en septiembre.
El abogado de la defensa pidió 15 minutos extras para responder las acusaciones, lo que el presidente del máximo tribunal del país concedió.
Osorio dijo, al finalizar su exposición que «este es un procedimiento que abre la puerta para que todo el país sepa cómo la Corte Suprema juzga», tras basar buena parte de su alegato en las inconsistencias que -sostuvo- tiene en los procedimientos la misma Corte.
La ahora ex ministra también fue despedida en septiembre de la Facultad de Derecho de la Universidad Católica, donde ejercía como profesora.
El cuaderno de remoción se abrió luego que se conocieran chats que tenía con el abogado Luis Hermosilla, donde -entre otros- se le pedía integrar salas y ella ofrecía información de causas, al margen de los procedimientos establecidos por la Corte Suprema y lo que dicta el Código Orgánico de Tribunales.
Lea acá el Veredicto Angela Vivanco