La ministra de la Corte Suprema María Cristina Gajardo Harboe accedió a la solicitud del estado venezolano de extraditar al ciudadano Hernán David Landaeta Garlotti, acusado en su país por el delito de homicidio calificado cometido en el Estado de Aragua y quien se encuentra actualmente en prisión preventiva en la cárcel de Alto Hospicio imputado por el delito de secuestro en nuestro país.
La magistrada aprobó la solicitud a la que se allanó la defensa del imputado y rechazó la petición del Ministerio Público de diferir la entrega hasta que finalice el proceso criminal abierto en Chile que se tramita en el Juzgado de Letras y Garantía de Pozo Almonte.
“Que, tanto el requerido como su defensa expresaron de forma clara, espontánea y coincidente su conformidad con el procedimiento de extradición pasiva simplificado, previsto en el artículo 454 del Código Procesal Penal, allanándose voluntariamente al requerimiento de la autoridad judicial venezolana, a fin de enfrentar los cargos que se le imputan en dicho país”, dice el fallo.
Agrega: “Que, a su vez el inciso segundo del artículo 13° del Tratado de Extradición ya referido, contempla la posibilidad de acceder sin más trámite a la extradición, siempre y cuando el requerido manifestare libremente su conformidad con ella ante la autoridad competente, que el delito en que se funda la solicitud autorice la extradición, y que no exista impedimento a su concesión de acuerdo con la legislación del Estado requerido, requisitos que se satisfacen íntegramente en el caso”.